| APORTES
INTELECTUALES - DOCUMENTACIÓN
GESTIÓN DE DEUDA
EXTERNA FRENTE A ESPAÑA
La Administración
española dispone de varios instrumentos de GESTIÓN
DE DEUDA EXTERNA. Uno de ellos es el de conversión,
con la siguiente tipología:
1- Programas de conversión
de deuda en inversiones privadas por parte de empresas españolas:
la obligación de pago del país deudor se transforma
en inversiones privadas realizadas por las empresas del país
acreedor. Supone la venta de esa deuda a un precio inferior a su
valor nominal, lo cual significa la condonación de parte
de la misma, a un inversor del país deudor que operará
con moneda local para sus inversiones. El proceso continúa
cuando el inversor del país acreedor vende la deuda que le
ha comprado al Estado acreedor por un precio levemente superior
en efectivo en la moneda local. Con esto el inversor financia los
gastos locales de su inversión en el país deudor.
Países como Bulgaria, Guinea Ecuatorial, Argelia y Marruecos
disfrutan de este tipo de programa.
2- Programas de conversión
de deuda en inversiones públicas a disposición de
las instituciones públicas, las empresas y ONG españolas:
Este mecanismo ofrece una mayor concesionalidad al Estado deudor
porque el Estado acreedor no recibe ningún pago a cambio
de la deuda. Es una condonación cuando el Estado deudor deposita
en un Fondo de Cooperación en moneda local la deuda (o el
servicio de ella) para invertirse en proyectos de desarrollo e interés
social, que el país deudor establece. Con ello se asegura
que el país deudor contrae un compromiso en sus objetivos
de lucha contra la pobreza.
Este tipo de conversión de deuda se ha establecido con Costa
Rica, Bolivia, Ecuador, Perú, Guinea Ecuatorial, Marruecos,
Uruguay, Honduras, Nicaragua y El Salvador.
Por poner un ejemplo, Ecuador también ha
establecido este tipo de acuerdo con España a través
de dos documentos:
- Programa
de Conversión de Deuda de la República de Ecuador
frente a España (Enlace
al documento en formato .pdf en la página web del Ministerio
de Economía y Hacienda)
En él se desarrollan los
siguientes epígrafes: Objeto y forma del Mecanismo de Conversón,
el Fondo Ecuador-España, utilización de los recursos
convertidos y proyectos financiados con cargo al programa de conversión,
dirección del Programa de Conversión con el Comité
Binacional Ecuador-España, procedimiento de selección
y ejecución de proyectos, gastos financiables con cargo
al Programa, vigencia del Programa de Conversión y Anexo
- Reglamento
del Comité Binacional Ecuador - España (Enlace
al documento en formato .pdf en la página web del Ministerio
de Economía y Hacienda)
En él se desarrollan los
siguientes epígrafres: el programa de conversión
de deuda externa entre Ecuador y España, el Comité
Binacional Ecuador-España, miembros del Comité Binacional,
funcionamiento, atribuciones, Comité Técnico, proyectos
financiados con cargo al Fondo, aprobación y ejecución
de proyectos, administración y Gestión del Fondo.
Para consultar más
información sobre Gestión de Deuda Externa
en el área de Financiación Internacional,
utilizar este
enlace a la página web dedicada en el Ministerio
de Economía y Hacienda.
3-
Ley de Deuda Externa: el Congreso aprobó
en noviembre de 2006, por amplia mayoría, la ley para regular
la gestión de la deuda externa, que hará posible que
por primera vez España tenga un marco legal que vincula la
deuda externa con el desarrollo, siendo el segundo país europeo,
después de Italia, con una normativa de este tipo. La Ley
señala que dejan de contabilizar como dinero que se destina
a la cooperación las cantidades de Ayuda Oficial al Desarrollo
una vez alcanzada la cifra del 0,7% del PIB, para lo que el Gobierno
presentará las iniciativas oportunas a los Organismos Internacionales.
El texto insta al Gobierno a que presente en el Congreso un plan
para renegociar y, en su caso, cancelar la deuda contraída
con España por los Países Altamente Endeudados (HIPC).
La nueva ley aporta transparencia respecto a la gestión de
la deuda, ya que contempla la participación de la sociedad
civil, a través del Consejo de Cooperación, y apuesta
por desvincular la ayuda oficial a la compra de bienes y productos
españoles, uno de los caballos de batalla de las ONG. Estas
medidas se dirigirán preferentemente a los países
en vías de desarrollo con menor renta y mayor nivel de endeudamiento
y, dentro de ellos, a los que sean prioritarios para la cooperación
española. Descargar la Ley en formato .pdf +
.
* Volver a Indice de Documentos de Cooperación
[ +
]

|